Skip to main content

AMPA

AMPA

Texto aquí…

Organigrama

Organigrama

 

Órganos colegiados

Claustro

El Claustro es el órgano propio de participación de los profesores en el gobierno del centro y tiene la responsabilidad de planificar, coordinar, informar y, en su caso, decidir sobre todos sus aspectos aducativos. El Claustro será presidido por el director y estará integrado por la totalidad de los profesores que presten servicio en el centro.
El Claustro se reunirá, como mínimo, una vez al trimestre y siempre que lo convoque el director o lo solicite un tercio, al menos, de sus miembros. Será preceptiva, además, una sesión del claustro al principio del curso y otra al final del mismo.

CCP

La Comisión de Coordinación Pedagógica estará integrada por el director, que será su presidente, el jefe de estudios, los jefes de departamento y el profesor-coordinador de tecnologías educativas, actuando como secretario el jefe de departamento de menor de edad.
La Comisión de Coordinación Pedagógica se reunirá como mínimo una vez al mes y celebrará una sesión extraordinaria al comienzo del curso, otra al fianlizar éste y cuantas otras se consideren necesarias. Dichas reuniones se celebrarán en período no lectivo. De cada reunión su secretario levantará el acta correspondiente. El Jefe de Departamento didáctico informará al resto de los miembros de su Departamento en la primera reunión del mismo tras la celebración de la Comisión de Coordinación Pedagógica de los asuntos tratados en esta.

Consejo escolar

Competencias

a. Aprobar y evaluar el proyecto educativo y este reglamento de organización y funcionamiento.
b. Aprobar y evaluar la programación general anual del centro sin perjuicio de las competencias del Claustro de profesores, en relación con la planificación y organización docente.
c. Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por los candidatos.
d. Participar en la selección del director del centro según la normativa vigente y ser informado del nombramiento y cese de los demás miembros del equipo directivo. En su caso, previo acuerdo de sus miembros, adoptado por la mayoría de dos tercios, proponer la revocación del nombramiento del director.
e. Decidir sobre la admisión de alumnos con sujeción a lo establecido en la Ley y disposiciones que la desarrollen.
f. Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y velar porque se atengan a la normativa vigente. Cuando las medidas disciplinarias adoptadas por el director correspondan a conductas del alumnado que perjudiquen gravemente la convivencia del centro, el Consejo Escolar, a instancia de padres o tutores, podrá revisar la decisión adoptada y proponer, en su caso, las medidas oportunas.
g. Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro, la igualdad entre hombres y mujeres y la resolución pacífica de conflictos en todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social.
h. Promover la conservación y renovación de las instalaciones y equipo escolar y aprobar la obtención de recursos complementarios.
i. Fijar las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales, con las Administraciones locales, con otros centros, entidades y organismos.
j. Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el centro.
k. Elaborar propuestas e informes, a iniciativa propia o a petición de la Administración competente, sobre el funcionamiento del centro y la mejora de la calidad de la gestión, así como sobre aquellos otros aspectos relacionados con la calidad de la misma.
l. Velar porque los materiales y recursos didácticos, cualesquiera que sea su formato, se ajusten a la normativa vigente.

Funcionamiento

a. El consejo escolar se reunirá, como mínimo, una vez al trimestre y siempre que lo convoque el director o lo solicite, al menos, un tercio de sus miembros. En todo caso, será preceptiva, además, una reunión a principio de curso y otra al final del mismo.
b. El consejo escolar adoptará los acuerdos por mayoría simple salvo en los casos siguientes:
– La aprobación del presupuesto y su ejecución, que se realizará por mayoría absoluta.
– Aprobación del proyecto educativo y del presente reglamento, así como sus modificaciones, que se realizará por mayoría de dos tercios.
– Acuerdo de revocación del nombramiento del director que se realizará por mayoría de dos tercios.

Miembros

Alumnado

  • Blanco Fernández, Alba María
  • Castillo Quintana, Pablo
  • Cavero Paniagua, Eva María
  • Durán Durán, Víctor

Equipo Directivo

  • García Molina, Juan Manuel (DIRECTOR)
  • Alvarado Ramírez, María Isabel (JEFA DE ESTUDIOS)
  • Esquivel Monterrubio, Mónica (SECRETARIA)

Madres y Padres

  • De la Coba Durán, Carmen
  • Gómez Ramírez, Eva María (REPRESENTANTE DE LA A.M.P.A.)

Profesorado

  • Grueso Dávila, Mª Fernanda
  • Martos Martín, Sonia del Carmen
  • Núñez García, Nicolás
  • Rojas Fernandez, María Fernanda
  • Romero Muñoz, Mª José
  • Santiago Espínola, Obdulia

Representante del ayuntamiento

  • Rodríguez de Sanabria, José

Órganos ejecutivos

El Equipo directivo estará integrado por el director, el jefe de estudios, el jefe de estudios adjunto y el secretario. Trabajará de forma coordinada en el desempeño de sus funciones, conforme a las instrucciones del director y las funciones específicas legalmente establecidas.

Dirección

D. Juan Manuel García Molina.
Correo electrónico:

Jefatura de estudios

Jefa de estudios. Dª. María Isabel Alvarado Ramírez
Correo electrónico:
Jefe de estudios adjunto. D. Nicolás Núñez García
Correo electrónico:
Jefa de estudios adjunta. Dª. Sonia del Carmen Martos Martín
Correo electrónico:

Secretaria

Dª. Mónica Esquivel Monterrubio
Correo electrónico:

Secretaría

Secretaria

Secretario
 Nicolás Núñez García
 Administrativos

  Miguel Ángel Muñoz Blázquez

Mª Joaquina Sánchez Sánchez